Introducción: Con la llegada de la facturación digital obligatoria entre empresas, muchas pequeñas empresas y autónomos se preguntan si podrán seguir utilizando facturas simplificadas (tickets o facturas resumidas) o si la nueva normativa exige siempre la emisión de facturas completas. Entender la distinción legal entre ambos tipos de documento y sus implicaciones en el nuevo entorno digital es fundamental para evitar penalizaciones y adaptar correctamente los procesos comerciales. La regulación no elimina la factura simplificada, pero sí establece nuevas normas sobre su uso y conservación.
¿En qué se diferencian? Una cuestión de requisitos legales
La diferencia principal no es el formato (físico o digital), sino el contenido mínimo exigido por la ley.
Factura Completa: Debe incluir todos los requisitos detallados en el Reglamento de Facturación (nombre y NIF de emisor y receptor, descripción detallada, base imponible, tipo de IVA, cuota tributaria, fecha de emisión, etc.). Es obligatoria en la mayoría de transacciones B2B.
Factura Simplificada: Puede omitir algunos datos del receptor (nombre y domicilio), pero debe incluir siempre el NIF. Es válida en operaciones con consumidores finales (B2C) o en entregas de bienes y servicios de importe inferior a 400 euros (IVA incluido) a cualquier cliente.
El impacto de la normativa y la facturación digital B2B
El cambio más significativo lo introduce la obligatoriedad de la facturación digital en transacciones B2B. Esto significa que:
Si emites una factura completa a otra empresa (B2B), esta deberá ser siempre digital y cumplir con todos los requisitos normativos (formato estructurado, sellado de tiempo, registro en el sistema de intercambio, etc.).
Si emites una factura simplificada a un consumidor final (B2C), podrás seguir emitiéndola en papel o en PDF, aunque la tendencia apunta también hacia la digitalización (con modelos como TicketBAI).
La gran pregunta: ¿Puedo emitir una factura simplificada EN FORMATO DIGITAL a otro negocio? La respuesta es NO. Si tu cliente es una empresa o profesional, y la operación está sujeta a IVA, estás obligado a emitir una factura completa en formato digital, con independencia del importe.
Lista de verificación: ¿Qué documento debo utilizar en cada situación?
Venta a Empresa (B2B) → FACTURA COMPLETA DIGITAL (Obligatorio por normativa)
Venta a Consumidor Final (B2C) < 400€ → Factura simplificada (en formato físico o PDF)
Venta a Consumidor Final (B2C) ≥ 400€ → Factura completa (en formato físico o PDF)
Operaciones en País Vasco/Navarra → TicketBAI/TicketBIN (modelo específico)
Repercusiones de una utilización errónea
Emplear una factura simplificada en una transacción entre empresas (o omitir el NIF del destinatario) puede ocasionar:Penalizaciones de la Agencia Tributaria por incumplir las obligaciones de facturación.
Devolución de la factura por parte de tu cliente, quien no podrá deducir el IVA correspondiente.
Inconvenientes en auditorías, al no poder acreditar el rastreo completo de la operación.
Recomendación práctica: Cuándo y cómo generar ambos documentos
Configura tu sistema para que identifique de forma automática el tipo de cliente (empresa o consumidor) y aplique el formato de factura adecuado.
Para transacciones B2B, utiliza siempre factura completa digital, incluso en importes reducidos. Esto garantiza el cumplimiento normativo.
Para ventas B2C, conserva la factura simplificada en los supuestos permitidos, aunque considera digitalizar el proceso para ganar eficacia.
Asegura la conservación de ambos tipos de documentos durante los plazos legales establecidos (4 años para la Agencia Tributaria, y hasta 10 años para otros fines).
Conclusión
La facturación digital entre empresas no elimina la factura simplificada, pero redefine radicalmente su ámbito de aplicación. La norma fundamental es clara: en operaciones comerciales entre empresas, la factura completa digital es la nueva regla universal. Adaptar tus procesos y tu sistema para generar de forma automática el tipo de documento correcto en cada situación no es solo una cuestión de cumplimiento, sino de eficiencia operativa y seguridad jurídica.
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Recuerda que, según lo establecido en el BOE, la obligación de cumplir con el sistema VERI*FACTU será de aplicación progresiva en el 2027. Nuestro software está diseñado para garantizar que tu empresa cumple con la legalidad en materia de factura electrónica y con todos los requisitos técnicos exigidos por la Agencia Tributaria.






