Diferencias VeriFactu y Factura Electrónica: Plazos 2026 y a quién afectan
Las empresas y autónomos en España deben adaptarse a dos normativas de facturación diferentes: el sistema VeriFactu (Ley Antifraude) para reportar las facturas a Hacienda, y la factura electrónica obligatoria (Ley Crea y Crece) para el envío estructurado entre empresas. Aunque ambas buscan la digitalización y el control fiscal, afectan a perfiles distintos, tienen exenciones diferentes y entran en vigor en plazos escalonados a partir de 2026.
En resumen:
VeriFactu afecta a cualquiera que facture con software informático, independientemente de si el cliente final es empresa o consumidor.
La factura electrónica obligatoria aplica únicamente a operaciones comerciales entre empresas y profesionales (B2B).
No hay exención por volumen de negocio para VeriFactu; sí la hay para la obligación de facturar electrónicamente, que escala según la facturación de la empresa.
Incumplir la normativa de VeriFactu conlleva multas de hasta 50.000 € por usar software no certificado [según la Ley 11/2021].
¿Qué es VeriFactu y quién está obligado a usarlo?
VeriFactu es el sistema impulsado por la Ley 11/2021 (Antifraude) que exige que cualquier programa de facturación garantice la inalterabilidad, trazabilidad y envío seguro de los registros a la Agencia Tributaria. Todos los empresarios y profesionales residentes en España (excepto País Vasco y Navarra) sujetos al IRPF o al Impuesto de Sociedades que emitan facturas mediante software informático están obligados a utilizarlo [Ley 11/2021, art. 29.2.j].
A diferencia de otras normas, no existe límite ni umbral mínimo de facturación para librarse de VeriFactu. Factures 1.000 € o 10 millones de euros, si usas un programa informático para hacer una factura completa o simplificada, este debe estar adaptado.
Puedes librarte de usar este sistema en casos muy concretos (las exenciones de VeriFactu):
Si tu empresa ya suministra sus registros en tiempo real a través del SII (Suministro Inmediato de Información).
Si realizas el 100 % de tu facturación a mano en papel (sin intervenir ningún software).
Sectores en régimen de recargo de equivalencia o módulos que no emiten factura formal.
Empresas que tributan bajo sistemas forales como TicketBAI (País Vasco) o NaTicket (Navarra).
¿En qué consiste la factura electrónica obligatoria (Ley Crea y Crece)?
La factura electrónica de la Ley 18/2022 obliga a emitir, recibir y conservar todas las facturas en un formato digital estructurado (como Facturae o UBL) con firma electrónica en todas las relaciones comerciales entre empresas y autónomos (B2B). Su objetivo prioritario no es el control fiscal, sino combatir la morosidad y tener un registro preciso de las fechas de pago.
A diferencia del sistema VeriFactu, el reglamento de la Ley Crea y Crece sí hace distinciones sobre a quién emites la factura. Quedan excluidas de esta obligación:
Las operaciones B2C: ventas a consumidores y clientes particulares.
Las facturas simplificadas: los tickets de bajo importe (generalmente inferiores a 400 €).
Operaciones internacionales: cuando el cliente tiene su sede fuera de España.
Plazos y diferencias principales
Mientras que VeriFactu controla la legalidad del software que genera el documento, la factura electrónica dicta el formato en el que debes comunicarte con otras empresas. Estas son sus diferencias clave:
| Característica | VeriFactu (Ley Antifraude) | Factura Electrónica (Crea y Crece) |
| Objetivo principal | Prevenir la evasión fiscal y alteraciones. | Frenar la morosidad comercial (trazabilidad de pagos). |
| Ámbito de aplicación | Facturas B2B y B2C (todas las que uses software). | Exclusivamente operaciones B2B. |
| Formato exigido | Registro informático inalterable (permite dar PDF o papel al cliente). | Formato estructurado digital (XML, Facturae). |
| Plazo empresas (>8M €) | A partir del 1 de enero de 2026. | 1 año tras aprobar el reglamento. |
| Plazo autónomos y pymes | A partir del 1 de julio de 2026. | 2 años tras aprobar el reglamento. |
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Preguntas frecuentes
¿Aplica VeriFactu si facturo a clientes extranjeros o de fuera de España?
Sí. El sistema VeriFactu se aplica a todos los registros de facturación que emitas mediante un programa informático si tu empresa reside en territorio de régimen común, con independencia de si el cliente receptor está en España, en la Unión Europea o en un país extracomunitario.
¿Si facturo solo manualmente en papel, debo usar VeriFactu?
No. La obligación aplica exclusivamente si utilizas un sistema informático (software, programa, Excel) para confeccionar las facturas. Quienes elaboran el 100 % de su facturación a mano en talonarios físicos no están obligados al sistema VeriFactu.
¿Es obligatorio enviar todas las facturas a Hacienda en tiempo real?
Bajo el modelo actual de VeriFactu es voluntario. El programa debe generar obligatoriamente un registro con huella digital y código QR inalterable. Si optas por el sistema «con verificación», se envían en tiempo real, lo que te libra de firmar electrónicamente cada registro. Si optas por «sin verificación», las almacenas en el programa para cuando Hacienda las pida.
¿Se exige factura electrónica de la Ley «Crea y Crece» en ventas a particulares?
No. La factura electrónica estructurada solo es obligatoria para las relaciones entre profesionales y empresas (operaciones B2B). En las ventas a clientes finales particulares (B2C) puedes continuar utilizando el formato tradicional, incluyendo facturas en papel, tickets o PDF estándar.
¿Qué sanciones existen por no adaptarse a estas normativas?
Las multas por incumplir VeriFactu alcanzan los 50.000 € por año y programa infractor para los negocios que usen sistemas no homologados. En cuanto a la Ley Crea y Crece, no ofrecer o negarse a aceptar facturas electrónicas cuando es obligatorio puede acarrear multas de hasta 10.000 €.
Normativa y fuentes
Ley Antifraude: Ley 11/2021, de 9 de julio.
Reglamento VeriFactu: Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre.
Especificaciones Técnicas VeriFactu: Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre.
Factura Electrónica B2B: Ley 18/2022, de 28 de septiembre (Crea y Crece).
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