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Facturibal revisando los modelos fiscales y declaraciones tributarias en el programa
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Modelos fiscales y declaraciones tributarias: cómo generarlos y exportarlos paso a paso

Declarar los impuestos periódicos de tu negocio sin errores es clave para cumplir con las obligaciones fiscales ante la Agencia Tributaria (AEAT). En elEquipoIA, como empresa especializada en facturación electrónica y digitalización de pymes, ayudamos a los negocios a automatizar la recopilación de datos contables para simplificar trámites como las autoliquidaciones de IRPF e IVA. A continuación, te mostramos cómo generar, revisar y exportar los modelos 111, 115, 130, 303 y 347 directamente desde el programa de facturación.

En resumen:

  • Los modelos 111, 115, 130 y 303 son autoliquidaciones trimestrales obligatorias para autónomos y empresas que recogen retenciones de IRPF, alquileres e IVA.

  • El modelo 347 es una declaración anual informativa de operaciones con terceras personas que superen los 3.005,06 euros anuales.

  • El programa recopila automáticamente las bases y cuotas a partir de tus facturas de venta, compra y gastos registrados.

  • Cada modelo se exporta en un archivo con el formato oficial (.txt o .csv) listo para su presentación telemática en la Sede Electrónica de la AEAT.

  • Es fundamental revisar siempre el borrador en pantalla y comprobar que los complementos fiscales estén actualizados antes de generar los ficheros.

 

 

¿Qué son los modelos fiscales y cómo se gestionan desde el programa?

Los modelos fiscales son los impresos oficiales establecidos por la Administración Tributaria para declarar y liquidar impuestos o aportar información contable relevante. Con el programa de facturación electrónica de elEquipoIA, el proceso de preparación deja de ser una tarea manual propensa a errores para convertirse en un flujo automatizado.

Para acceder al gestor de autoliquidaciones, dirígete al menú Informes y selecciona la sección de Modelos AEAT. Asegúrate de tener activos los complementos correspondientes a cada autoliquidación en el panel de administración. El procedimiento general para cualquier modelo consta de los siguientes pasos:

  1. Seleccionar el modelo requerido en el menú de declaraciones.

  2. Crear un nuevo informe indicando el Ejercicio (año) y el Periodo (trimestre o año completo según corresponda).

  3. Permitir que el sistema analice los registros de facturas y pagos para calcular de forma automática las bases imponibles y los importes resultantes.

  4. Verificar el resumen en pantalla y las casillas calculadas antes de proceder a la descarga.

  5. Pulsar el botón de Exportar para generar el fichero oficial (.txt) compatible con la plataforma de la Agencia Tributaria.

Modelo 111: retenciones e ingresos a cuenta de IRPF

El Modelo 111 es la declaración trimestral mediante la cual autónomos y empresas comunican e ingresan las retenciones de IRPF practicadas a trabajadores, profesionales o ganaderos.

Al crear una nueva declaración del Modelo 111 seleccionando el trimestre correspondiente, el programa recorre todas las facturas de proveedores con retención y las nóminas de empleados para totalizar las bases y las retenciones detraídas. El sistema muestra en pantalla un resumen con el número de perceptores y el importe total a ingresar. Tras verificar los datos, exporta el fichero oficial para su presentación telemática. Puedes consultar los detalles técnicos de este complemento en nuestra guía sobre el plugin del modelo 111.

Modelo 115: retenciones por alquileres de inmuebles urbanos

El Modelo 115 es la autoliquidación trimestral destinada a declarar las retenciones de IRPF e ingresos a cuenta practicados por el alquiler de fincas urbanas utilizadas como oficinas, locales de negocio o naves.

Al generar este modelo en el programa, se agrupan los pagos de arrendamientos sujetos a retención realizados durante el periodo. El panel muestra la cantidad de inmuebles asociados y la suma total retenida al arrendador. Una vez validada la información, descarga el archivo de texto estructurado para presentarlo en la Sede Electrónica. Amplía información específica sobre su automatización en el plugin del modelo 115.

Modelo 130: pago fraccionado de IRPF para autónomos

El Modelo 130 corresponde al pago fraccionado trimestral del IRPF para los profesionales y empresarios en régimen de estimación directa. En esta declaración se calcula el rendimiento neto (ingresos menos gastos deducibles) acumulado desde el inicio del año.

Al generar el informe en la aplicación, el sistema cruza todas las facturas de venta del trimestre con los gastos deducibles registrados y aplica el porcentaje correspondiente (generalmente el 20% del rendimiento neto). Además, si has soportado retenciones en tus facturas de ingresos, el programa las descuenta de forma automática de la cuota resultante. Consulta más opciones de configuración en el plugin del modelo 130.

Modelo 303: autoliquidación trimestral del IVA

El Modelo 303 es la declaración periódica del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), donde se detalla el IVA repercutido en las ventas y el IVA soportado en las compras y gastos profesionales.

Al pulsar en generar, el software recopila todas las operaciones del periodo para rellenar el borrador del formulario con los desgloses por tipos impositivos (21%, 10% y 4%). El resultado final indica con claridad si la liquidación sale a ingresar, a devolver o a compensar. Exporta el fichero oficial listo para importar en la AEAT. Tienes más detalles en nuestra página dedicada al plugin del modelo 303.

Modelo 347: declaración anual de operaciones con terceras personas

El Modelo 347 es una declaración informativa anual obligatoria para aquellas entidades o profesionales cuyas operaciones con un mismo cliente o proveedor hayan superado conjuntamente la cifra de 3.005,06 euros durante el año natural.

A diferencia de los anteriores, se genera seleccionando el ejercicio completo. El programa agrupa los volúmenes anuales de compras y ventas por cada NIF de tercero, advirtiendo si existen datos incompletos o erróneos. Una vez revisado el listado, se genera el fichero oficial de presentación. Conoce el procedimiento automatizado en la guía del plugin del modelo 347.

Para evitar sanciones por parte de la Agencia Tributaria, es indispensable respetar rigurosamente los calendarios de presentación establecidos:

Modelo tributarioCarácter y periodoPlazo general de presentaciónNormativa de referencia
Modelo 111

Trimestral (Retenciones IRPF)

Del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero

Real Decreto 1065/2007

Modelo 115

Trimestral (Retenciones alquileres)

Del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero

Real Decreto 1065/2007

Modelo 130

Trimestral (Pago fraccionado IRPF)

Del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero

Ley 35/2006 del IRPF

Modelo 303

Trimestral / Mensual (IVA)

Del 1 al 20 de abril, julio, octubre y 30 de enero (4T)

Ley 37/1992 del IVA

Modelo 347

Anual (Operaciones con terceros)

Durante el mes de febrero del año posterior

Real Decreto 1065/2007

  • Revisión previa obligatoria: Comprueba siempre los importes globales antes de descargar los ficheros. Si detectas un IVA repercutido bajo, es probable que falte por registrar alguna factura de venta.

  • Conservación de justificantes: Archiva y guarda debidamente los PDFs acreditativos de presentación con su respectivo código NRC emitido por la AEAT.

¿Cómo te ayuda el programa de facturación electrónica de elEquipoIA con tus declaraciones tributarias?

En elEquipoIA sabemos que la fiscalidad y la presentación de impuestos consumen un tiempo muy valioso a los negocios. Por ello, nuestro programa automatiza la extracción de datos directamente desde tus libros de facturas emitidas y recibidas, generando los ficheros con las estructuras exactas exigidas por la Agencia Tributaria. Desde el control de los tipos impositivos hasta la creación de asientos contables automáticos, te ofrecemos una herramienta robusta y actualizada frente a cualquier cambio normativo.

En este vídeo de 4 minutos te enseñamos a configurar y generar el modelo 303 del trimestre de forma guiada:

https://youtu.be/sPqf3jKJviI

¿Qué ocurre si detecto un error en un modelo ya presentado en Hacienda?

Si el error perjudica a la Administración (menos ingreso o más devolución), debes presentar una autoliquidación complementaria desde la Sede Electrónica de la AEAT haciendo referencia a la autoliquidación anterior. Si el error te perjudica a ti, puedes solicitar una rectificación de autoliquidación a través del mismo canal telemático.

¿Es obligatorio presentar el modelo 347 si no se supera el umbral de 3.005,06 euros?

No. El modelo 347 solo resulta obligatorio para aquellos sujetos pasivos cuyas operaciones totales con un mismo cliente o proveedor superen en cómputo anual la cifra de 3.005,06 euros (IVA incluido), sumando entregas y adquisiciones de bienes y servicios.

¿Cómo gestiona el programa las retenciones de IRPF en las facturas de proveedores?

Cuando das de alta una factura de compra y marcas el porcentaje de retención correspondiente, el sistema asigna automáticamente la base y la cuota retenida a las subcuentas contables habilitadas. Esto permite que el Modelo 111 refleje de forma totalmente automatizada los importes deducibles trimestrales.

¿Qué debo hacer si la Agencia Tributaria modifica los campos o porcentajes de un modelo?

Debes mantener siempre actualizados los complementos fiscales del programa desde el panel de administración. Los desarrolladores de elEquipoIA actualizan periódicamente las herramientas para adaptarlas de forma inmediata a cualquier cambio en las normativas y formularios oficiales de la AEAT.

¿Puedo presentar los modelos directamente desde la aplicación de elEquipoIA?

El programa genera los ficheros oficiales estructurados en formato de texto (.txt) listos para su importación, pero la presentación definitiva se realiza de forma telemática en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria mediante certificado digital o Cl@ve.

 

  • Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE).

  • Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (BOE).

  • Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria (BOE).

  • Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT): Agencia Tributaria.

Simplifica tus obligaciones fiscales con elEquipoIA

La presentación de impuestos no tiene por qué convertirse en un obstáculo mensual o trimestral para tu negocio. Con el programa de facturación electrónica de elEquipoIA centralizas la emisión de documentos, la contabilidad y la generación de modelos fiscales bajo un mismo entorno seguro y automatizado. Contacta con nuestro equipo técnico para descubrir cómo implantar nuestra solución y dar el salto definitivo hacia una gestión eficiente y 100% legal.

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